Alrededor de 46 países (de fuera de la Unión Europea) han implantado unas determinadas restricciones a la importación de productos que puedan ir embalados dentro de un embalaje o sobre una paleta de madera natural.
RESUMEN DE LA NORMATIVA ISPM15 ó NIMF15
Todos los embalajes de madera exportados a estos países deberán ser:
- Fumigados con "Bromuro de Metilo", denominado tratamiento MB,
o bien,
- Tratados al calor (a 56ºC durante 30 min.), denominado tratamiento El secado en estufa (KD), la impregnación química a presión (CPI) u otros tratamientos térmicos en la medida que cumplan con las especificaciones del HT.
HT.
Estas medidas se aplicarán a toda la madera y a todos los componentes del embalaje como paletas madera, cajas de madera y otros accesorios interiores fabricados en dicho material.
El embalaje deberá llevar un marcado como prueba del origen y del tratamiento realizado. En el caso de España, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino es el organismo que otorga el certificado de operador autorizado para realizar este marcado.
La normativa enumera las directrices para la rotulación del embalaje. Como mínimo el marcado debe incluir:
- El Símbolo IPPC
- La abreviatura IPPC del tratamiento utilizado: HT, KD, MB,...
- Las 2 letras ISO del código de cada país seguido del código que el Ministerio asigna al fabricante.
Por tanto, el fabricante del embalaje es el responsable de asegurar que la madera utilizada es la apropiada, así como que su rotulación es correcta. Para ello, podrá emitir un documento que certifique la veracidad del tratamiento y de la rotulación, de forma que el exportador pueda presentarlo en la aduana del país de destino junto con el embalaje.
Están excluidos
de esta medida todos los embalajes de madera procesada fabricados en:
- Aglomerado
- OSB
- Contrachapado
En su proceso de fabricación, los mencionados materiales han sido previamente sometidos a altas presiones y temperaturas, que evitan que puedan llevar adheridos los organismos responsables de una propagación de plagas.
NEFAB desestima la fumigación con Bromuro de Metilo (o la utilización de madera fumigada) debido a:
- Problemas medioambientales graves y de riesgos para la salud en el lugar de impregnación. El Protocolo de Montreal, firmado por diversos países, establece dejar de utilizar dicha sustancia.
- Problemas de stock, rotación y validez del tratamiento, ya que la vida útil de dicha fumigación es de 2 meses.
- Posible corrosión sobre las superficies metálicas de la mercancía.
En su lugar puede utilizarse madera natural sometida al tratamiento por calor HT (tratamiento permanente), o bien, emplear embalajes de madera procesada, exentos de dicha normativa como son el contrachapado, el OSB o la madera aglomerada.